¿Qué intereses se puede reclamar a ASEFA y a HCC?

Si la cooperativa de viviendas a la que nos adherimos no construye las viviendas o no las entrega en el plazo previsto, podremos reclamar al seguro de caución, que normalmente será ASEFA o HCC, la devolución de lo aportado a la cooperativa a cuenta de la vivienda, más los intereses legales.

Estos intereses legales son los generados por las aportaciones que se hicieron, desde la fecha de cada pago y hasta que se presenta la demanda contra el seguro. Cantidad ésta nada despreciable.

Y, además, a partir de la presentación de la demanda y hasta que el seguro paga, se generan nuevos intereses que serán:

1. Durante los dos primeros años el interés legal del dinero más un 50%. Esto es, actualmente un 5,25% anual, dado que el interés legal es del 3,5%.

2. A partir del tercer año, nada menos que un 20% anual.

Por tanto, merece la pena asesorarse con un experto en la materia y reclamar todos los intereses a los que tenemos derecho, pues los mismos pueden suponer una suma muy importante.

 

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