¿Se puede aplicar la cláusula ‘rebus sic stantibus’ para rescindir un contrato de compraventa?

En las últimas semanas se está mencionado de manera generalizada la posible aplicación de la cláusula ‘rebus sic stantibus’ para resolver el contrato de compraventa de una vivienda con motivo de la crisis generada por el coronavirus.

Esta regla que es una creación jurisprudencial que se basa en la buena fe y la equidad no está recogida en ninguna ley y se remonta a la Guerra Civil y más recientemente durante la crisis financiera que se desencadenó a partir de 2008, ya que se recurre a ella como manera excepcional ante un gran impacto sobre la economía, para que pueda utilizarse como argumento para poner fin o modular las condiciones de cualquier contrato.

No obstante, desde El Defensor de tu Vivienda consideramos el uso de la cláusula ‘rebus sic stantibus’ para rescindir un contrato de compraventa es muy restrictivo y que se deben tener en cuenta estas consideraciones:

  1. No hay una norma en nuestro ordenamiento jurídico que prevea la ‘cláusula rebus’. Se trata de una construcción doctrinal cuya posibilidad de utilización ha sido admitida por nuestra jurisprudencia.
  2. Ahora bien, esa posibilidad se presenta como más bien teórica, pues apenas es posible encontrar sentencias que apliquen la ‘cláusula rebus’.
  3. Esta regla únicamente puede tener lugar en contratos en los que exista un periodo de tiempo entre su celebración y su cumplimiento.
  4. Su apreciación exigirá los siguientes requisitos: (i) alteración extraordinaria de las circunstancias; (ii) desequilibro de las prestaciones; (iii) imprevisibilidad y no imputabilidad del cambio, y (iv) subsidiariedad.
  5. Su admisión, en su caso, debería dar lugar a una modificación del contrato, aunque la jurisprudencia tampoco descarta su resolución.
  6. Si bien en el año 2014 el Tribunal Supremo dictó dos sentencias de las que se deducía un giro jurisprudencial hacia una mayor flexibilidad en su apreciación, cinco años después, dicho cambio parece haber quedado descartado.

En El Defensor de tu Vivienda somos expertos en ayudarte con tus problemas de vivienda. Si necesitas asesoramiento, no dudes en contactar con nosotros en el teléfono 910 323 636 o a través del formulario de nuestra web Nosotros las recuperaremos por ti.

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