Los Juzgados de Primera Instancia de Madrid han dictado tres sentencias en favor de tres compradores de vivienda no entregada que se vieron afectados por la compra de una casa a la promotora Cayo Largo, quien tenía proyectada la construcción de un total de 49 viviendas en el municipio de El Ronquillo (Sevilla) que deberían haberse entregado en el año 2009. Hasta el momento, los afectados de Urbanizaciones Cayo Largo S.L. no disponían de sus viviendas ni tampoco habían podido recuperar las cantidades aportadas del seguro. Ahora, y tras esta decisión judicial la aseguradora ASEFA debe devolver a estos tres compradores 128.178 euros.
Las sentencias están basadas en la Ley 57/68, que exigía a las promotoras y cooperativas de vivienda contratar un seguro o un aval bancario que garantizase la devolución de las entregas a cuenta para cubrir las aportaciones de los compradores de vivienda, en caso de que éstas no llegasen a construirse o no se entregasen en el plazo convenido. Si no se contrató ese seguro o aval, entonces, el banco es responsable, por incumplir el deber de vigilancia que le imponía dicha Ley.
En el caso de los compradores afectados por la promotora Cayo Largo, han podido reclamar sus aportaciones a la aseguradora ASEFA dado que la promotora contrató una póliza de seguro para garantizar la devolución de las cantidades aportadas por los compradores de vivienda en caso de que las casas no se entregasen en el plazo pactado con estos.
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