¿Qué consecuencias tendrá para el comprador de vivienda la entrada en vigor de Ley 20/2015 que deroga la Ley 57/68?

A partir del 1 de enero de 2016 entrará en vigor la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras por la que sólo existirá obligación de garantizar las cantidades entregadas a cuenta del precio de una vivienda desde que el proyecto cuente con licencia de obras. Por tanto, todas las cantidades que se entreguen con anterioridad no estarán garantizadas.

Esto significa que si en el momento en que el cooperativista se adhiera a una cooperativa de viviendas que todavía no tiene suelo o que, teniéndolo, todavía no cuenta con licencia de obras para construir sobre el mismo, todo el dinero que haya aportado desde que se apuntó hasta que la cooperativa tenga licencia de obras, la cooperativa no tiene obligación de tenerlo asegurado.

Sin embargo, el dinero que se entrega a partir del momento en que se obtenga la licencia de obras la cooperativa sí tendrá obligación de asegurarlo. Si bien en las ventas de viviendas sobre plano de promotoras lo más normal es que ya se cuente con licencia de obras, por el contrario en las cooperativas lo más normal es que el socio aporte bastante dinero antes de que la cooperativa cuente con licencia de obras.
En su consecuencia y desafortunadamente, el cooperativista estará más desprotegido una vez que entre en vigor esta ley 20/2015.

 

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