Consejos para los afectados por las viviendas de La Carrascosa

El Juzgado Contencioso Administrativo número 5 de Madrid ha dado la razón a los vecinos de La Moraleja en un pleito contra el Ayuntamiento de Alcobendas para frenar la construcción de hasta 700 nuevas viviendas en la zona de La Carrascosa.

Esta zona se divide en dos, La Carrascosa A y La Carrascosa B. En la primera está en marcha la construcción de tres promociones que suman cerca de 200 viviendas correspondientes a las promotoras Universal de Negocios, Pryconsa e Inmoglaciar. En la segunda zona, están previstos construir 500 pisos.

La decisión judicial afecta a la promoción de Universal de Negocios, urbanización formada por 80 viviendas unifamiliares. Sin embargo, también se ha llevado a los tribunales la promoción de Pryconsa.

A pesar, de que el consistorio está trabajando con la Comunidad de Madrid una modificación del Plan General de Alcobendas que permita introducir las determinaciones del Plan Especial de La Carrascosa y dar solución a estos compradores, ahora, el miedo de los afectados es que el conflicto se alargue varios años en los tribunales y no puedan recibir sus viviendas.

Por eso ante tal situación, es esencial que los compradores conozcan qué precauciones tienen que tomar durante este proceso para que puedan recuperar su dinero en caso de que el proyecto no salga adelante. Desde El Defensor de tu Vivienda les damos los siguientes consejos:

  1. Causa de la resolución del contrato de compraventa: A la hora de resolver el contrato de compraventa con la promotora es importante que los compradores no expresen un motivo distinto al retraso en la entrega ya que esto puede repercutir de manera negativa a la hora de reclamar el dinero aportado.
  2. Guardar toda la documentación: Para poder llevar a cabo la reclamación del dinero aportado será imprescindible recopilar toda la documentación. Esto es: contrato de compraventa, todos los justificantes bancarios de las cantidades aportadas en las cuentas de las promotoras, documentación que, directa o indirectamente haga referencia a los bancos con los que trabajaba las promotoras, certificados entregados por las promotoras para las declaraciones de IRPF, publicidad, etc. En definitiva, todos los documentos que, en su momento, nos unieron a la promotora.
  3. Iniciar una reclamación en base a la Ley 57/68: Si las casas no se entregan en el plazo convenido, o se tiene la certeza de que la construcción no se va a iniciar en el en el plazo pactado, y ni la promotora ni el banco les devuelve el dinero, los compradores pueden reclamar su dinero iniciando una reclamación judicial frente al banco por incumplimiento del deber de vigilancia, en base a la Ley 57/68.

Es muy importante que antes de enviar cualquier comunicación a la promotora o al banco en reclamación de las cantidades entregadas a cuenta del precio de la vivienda se busque un asesoramiento especializado para no perjudicar la viabilidad de las reclamaciones.

Si eres un afectado de La Carrascosa y quieres recibir información, no dudes en ponerte en contacto con El Defensor de tu Vivienda llamándonos al 910 323 636 o escribiéndonos a través del formulario de nuestra web. Puedes contarnos tu caso para que lo estudiemos y te informemos sin ningún tipo de coste o compromiso para ti.

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