Documentación necesaria para recuperar lo anticipado en la compra de una vivienda sobre plano

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Documentación para recuperar lo anticipado en la compra de una vivienda sobre plano

Compraventas sobre plano que no terminan bien

Muchas son las personas que han perdido sus ahorros en una frustrada compra de una vivienda sobre plano y piensan que, después de tantos años, ya no pueden recuperarlo.

Sin embargo, existe una solución para todos aquellos que invirtieron sus ahorros en una vivienda que nunca les han entregado. Esta vía es la nueva Disposición Adicional Primera de la Ley de Ordenación de la Edificación, una normativa que protege los derechos de los compradores y reconoce su derecho a recuperar todo el dinero invertido, más los intereses legales correspondientes.

Para poder iniciar una reclamación seria fundamental reunir toda la documentación que justifique la compra y que no se le ha entregado esa vivienda. Pero ¿Cuál es la documentación exacta que se necesita?

 

¿Qué documentación se necesita para reclamar las cantidades anticipadas en la compra de una vivienda sobre plano?

En concreto, la documentación necesaria para recuperar lo anticipado en la compra de una vivienda sobre plano es la siguiente:

  1. Contratos de reserva y de compraventa de vivienda firmados con la promotora; o contratos de adhesión si la vivienda se esperaba recibir de una cooperativa.
  2. Certificado individual de seguro o aval bancario, en caso de existir.
  3. Justificantes de los ingresos o transferencias de los pagos abonados a la promotora o la cooperativa.
  4. Facturas que le pudiera haber entregado en su día la promotora o la cooperativa.
  5. Certificados entregados por la promotora o la cooperativa para las declaraciones del impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF).
  6. Publicidad de la promotora o de la cooperativa.
  7. Comunicaciones recibidas de la promotora o de la cooperativa, especialmente las relacionadas con los retrasos o con los problemas para la construcción de las viviendas.

 

Jurisprudencia

Los tribunales siguen dando la razón a los adquirientes de vivienda no entregada, que reclamaron contra las entidades financieras las cantidades anticipadas. En el año 2022 sigue habiendo sentencias del Tribunal Supremo en las que se confirman que las entidades financieras tienen que devolver las cantidades anticipadas hecha por los adquirientes.

 

Conclusión 

En caso de hayas comprado una vivienda sobre plano y no la hayas recibido, te aconsejamos que recopiles todos los documentos que hemos mencionado arriba, pues, aunque no conserves todos ellos es posible que puedas recuperar tu dinero.

En El Defensor de tu Vivienda somos expertos en este tipo de reclamaciones. Si entregaste cantidades a cuenta de una vivienda sobre plano y no tienes ni la vivienda ni has recuperado las cantidades, no dudes en contactar con nosotros en el teléfono 910 323 636 o a través del formulario de nuestra web.

 

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