¿Qué es la cuenta especial de la Ley 57/68?

Muchos contratos de compraventa de vivienda sobre plano contienen, entre sus cláusulas, la mención de que las cantidades anticipadas a cuenta de la vivienda adquirida, serán depositadas en una cuenta especial de la promotora. Pero, ¿qué es una cuenta especial, cuál es su finalidad y su importancia?

La cuenta especial es una de las garantías que la Ley 57/68 estableció a favor de los compradores de vivienda sobre plano, y tiene como finalidad que los anticipos que se abonen para la adquisición de la vivienda se depositen en una cuenta bancaria, con separación de cualquier otra clase de fondos pertenecientes al promotor, y que éste únicamente pueda disponer de dichas cantidades para las atenciones derivadas de la construcción de las viviendas.

Se pretende con ello garantizar que las cantidades entregadas a cuenta que los compradores abonen con ocasión de la compra de una vivienda en construcción, no se distraigan para otros destinos que no sean los propios de dicha construcción, y con ello evitar que esos fondos puedan ser dispuestos, de manera arbitraria, por el promotor.

Para ello, la entidad bancaria, previamente a la apertura de dicha cuenta, debe y exigir al Promotor la contratación de un seguro o aval bancario que garantice la devolución de los anticipos, en el supuesto de que la construcción no se inicie o finalice en los plazos pactados.

Cuando la entidad bancaria, depositaria de las aportaciones, incumple dicho deber de vigilancia, debe responder frente al comprador, como lo hubiese hecho el seguro o el aval, de haber existido, y conforme estableció el Tribunal Supremo, en su Sentencia de 21 de diciembre de 2015 y posteriores de 9 y 17 de marzo de 2016 y 8 de abril de 2016, ello con independencia de que la cuenta que haya abierto sea especial o no.

De todos modos, y con el fin de evitar futuras reclamaciones, es importante confirmar, previamente a la compra de una vivienda sobre plano, que la promoción cuenta con las garantías legalmente exigidas, y por ello, desde El Defensor de Tu Vivienda te aconsejamos cuentes con un asesoramiento experto en derecho inmobiliario, antes o después de la firma del contrato de compraventa.

Si tú también estas en una situación similar, nuestro equipo de expertos puede asesorarte, de manera gratuita, buscando la mejor solución para tu caso concreto sin ningún tipo de coste ni compromiso. Puedes contactarnos en el teléfono 910 323 636 o a través del formulario de nuestra web.

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