Fin plazo para reclamar 2020: qué ocurre con los contratos de vivienda sobre plano firmados a partir del 1 de enero de 2016

Los contratos de compraventa o adhesión a promotoras o cooperativas firmados desde el 1 de enero de 2016 se rigen por la Ley 20/2015, una norma que reduce considerablemente los derechos de los compradores de vivienda sobre plano.

Dicha Ley, establece que las cantidades aportadas por los compradores sólo están garantizadas desde que la promotora o cooperativa obtiene la licencia de edificación, ya que hasta entonces no es obligatorio contratar el seguro o aval bancario. Esto significa que, si en el momento en que el cooperativista se adhiere a una cooperativa de viviendas que todavía no tiene suelo o que, teniéndolo, todavía no cuenta con licencia de obras para construir sobre el mismo, todo el dinero que haya aportado desde que se apuntó hasta que la cooperativa tenga licencia de obras, la cooperativa no tiene obligación de tenerlo asegurado. Y lo mismo sucede si se compra una vivienda sobre plano que no tiene licencia. Todo el dinero aportado entre la firma de contrato de compraventa y la obtención de la licencia no está protegido por las obligaciones que impone la ley a promotor y banco. Hay que indicar que, desde nuestra experiencia, en la mayoría de los casos en que fracasaron proyectos de cooperativas y promotoras y los consumidores perdieron sus ahorros, las promotoras y cooperativas ingresaron las aportaciones de los compradores antes de disponer de dicha licencia.

Además, introduce otro cambio respecto del plazo de reclamación que está relacionado con el periodo de garantía del aval, ya que, con la nueva norma, en el supuesto de que el comprador no reclame al aval en el plazo de dos años, desde el incumplimiento del promotor, ya no podrá solicitar al banco avalista la devolución de sus aportaciones.

Aunque esta nueva ley sea menos proteccionista para los consumidores y se tenga un plazo de prescripción más limitado, analizando cada caso, también se podrá recuperar todas las entregas a cuenta que se realizaron a través de una entidad bancaria junto con los intereses devengados desde cada una de las aportaciones.

Debemos de añadir que los problemas con las compras de viviendas sobre plano continúan afectando a los nuevos compradores. En El Defensor de tu Vivienda, ya tenemos casos de afectados que firmaron su contrato rigiéndose por la nueva ley 20/2015 y sus construcciones ya sufren problemas para poder entregarse en plazo.

Por tanto, si compraste una vivienda sobre plano antes de 1 de enero de 2016, aún estás a tiempo de recuperar lo que es tuyo. Desde el equipo de El Defensor de tu Vivienda te ayudamos a recuperar las cantidades que entregaste por la compra de una vivienda en construcción y que no te fue entregada, buscando la mejor solución para su caso concreto sin ningún tipo de coste ni compromiso, en el teléfono GRATUITO 910 323 636 o a través del formulario de nuestra web.

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