El País

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El nuevo plan de alquiler del Ayuntamiento de Madrid permitirá realizar contratos de alquiler por una duración inferior al mínimo que contempla la ley. Para hacerlo, se vale de la figura del usufructo, regulada en la Ley de Arrendamiento Urbanos (LAU) como una de las excepciones que permiten acortar un contrato.

Marta Serra, directora de RZS Abogados ha explicado que la LAU no impide que una persona jurídica tenga en usufructo un gran número de inmuebles, por lo que ve legalidad en el plan del ayuntamiento.

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