¿Puede un socio que causó baja en la cooperativa demandar al seguro de caución?

Nuestros tribunales han confirmado en numerosas ocasiones que sí.

En las pólizas de los seguros de caución, y en particular en las de ASEFA y HCC se incluye una cláusula según la cual aquellos socios que causen baja en la cooperativa no podrán pedir al seguro la devolución del dinero que anticiparon a la cooperativa a cuenta de su vivienda, en el caso que ésta no se construya en el plazo previsto.

No obstante, ya han declarado nuestros tribunales en numerosas ocasiones que dicha cláusula es nula, y que por tanto debe tenerse por no puesta.

Esto es, de acuerdo con nuestros tribunales, en caso que la cooperativa se retrase en la entrega de las viviendas, tanto las altas como las bajas podrán reclamar al seguro de caución la devolución de sus aportaciones.

 

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