Todas las empresas y personas que vendan pisos sobre plano, incluso las cooperativas de viviendas o comunidades de bienes, tienen la obligación de contratar un seguro o aval bancario que garantice a los compradores la recuperación de su dinero en caso que las viviendas no se construyan o no se entreguen en el plazo pactado.
E igualmente, el banco donde el promotor tiene la cuenta en la que recibe de los compradores los anticipos, tiene la obligación de comprobar que dicho seguro o aval existe, pues de lo contrario responde como si fuera el banco avalista.
Por tanto, si te compraste una casa sobre plano y no te la han dado, tienes derecho a que un seguro o un banco te devuelva tu dinero.
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