¿Se puede recuperar la señal dada en una compra de vivienda sobre plano?
Sí. Si se puede recuperar el dinero anticipado como señal, pues esa cantidad de dinero no solo sirve para formalizar la reserva, sino que también forma parte del precio de la vivienda.
Requisitos para poder reclamar al banco lo pagado como reserva – señal, en una compra de vivienda sobre plano
Para que se pueda recuperar una reserva (o señal) pagada con la firma de un contrato de compraventa de vivienda sobre plano, de conformidad con la nueva Disposición Adicional Primera de la Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación (DA 1ª de la LOE), es necesario demostrar que, en relación con dicho pago, se cumplen los siguientes requisitos:
- Que ha sido efectivamente abonado.
- En segundo lugar, que se ha pagado en cumplimiento de un contrato.
- Que dicho anticipo forma parte del precio de la vivienda.
El primer requisito es una mera cuestión de prueba. El comprador necesitará algún documento que pruebe la realidad del pago en cuestión.
El segundo requisito obedece a que la ley no protege aquellos pagos realizados al margen del contrato; esto es, pagos que, bien se hacen sin ninguna obligación, o bien se hacen de manera «oculta» para evadir obligaciones tributarias.
El tercero de requisitos, en cuanto a la reserva-señal, es el más importante, pues lo determinante es que dicha reserva-señal forme parte del precio de la vivienda, y, por tanto, se descuente del precio total.
El Tribunal Supremo lo tiene claro
Existe ya varias las Sentencias del Supremo recientes, que han declarado lo anterior.
En El Defensor de tu Vivienda somos expertos en este tipo de reclamaciones. Si entregaste cantidades a cuenta de una vivienda sobre plano y no tienes ni la vivienda ni has recuperado las cantidades, no dudes en contactar con nosotros en el teléfono 910 323 636 o a través del formulario de nuestra web.