El Tribunal Supremo reitera que el plazo para reclamar lo pagado por la compra de una vivienda sobre plano es de 15 años

Desde El Defensor de tu Vivienda queremos compartir, con los afectados por la compra de una vivienda sobre plano que no se llegó a entregar, las buenas noticias que suponen los últimos Autos dictados por el Tribunal Supremos en relación con el plazo para reclamar las cantidades abonadas por las compras de estas viviendas frente a las entidades que garantizaron dichas cantidades o, en el caso de no existir garantías, frente a las entidades bancarias en las que se ingresaron esas aportaciones dinerarias.

Si bien era clara y contundente la jurisprudencia del Tribunal Supremo que establecía que el plazo para reclamar, en virtud de la Ley 57/1968, las cantidades entregadas a cuenta del precio de una vivienda sobre plano era de 15 años (reducido a 5 años desde la entrada en vigor de la Ley 42/2015), es frecuente que por parte de las entidades bancarias se opusieran a estas reclamaciones alegando que, con la modificación normativa producida en esta materia con la Ley 20/2015, el plazo para reclamar ya no era el de 15 años, sino de 2 años desde la fecha en que se tenía que haber entregado la vivienda.

Este criterio defendido por las entidades bancarias que debían responder por las entregas a cuenta fue acogido, entre otras, por la Sección 8ª de la Audiencia Provincial de Sevilla, que consideraba que, una vez que habían transcurrido 2 años desde la fecha prevista de entrega de la vivienda, ya no era posible reclamar a las entidades aseguradora o avalista.

Pues bien, recientemente, el Tribunal Supremo ha dictado 3 Autos (Auto de 14 de noviembre de 2018, Auto de 28 de noviembre de 2018 y Auto de 12 de diciembre de 2018) en los que, inadmitiendo recursos planteados por las entidades bancarias, resuelve que no la nueva normativa no es de aplicación a aquellos contratos firmados con anterioridad al 1 de enero de 2016, fecha en la que entró en vigor dicha modificación legal.

Por tanto, todos aquellos compradores de vivienda sobre plano que vieron frustrada la entrega de su vivienda y compraron antes del 1 de enero de 2016, siguen pudiendo reclamar frente a la entidad que garantizó sus entregas a cuenta o frente a la entidad en la que se depositaron esas cantidades.

Desde el equipo de El Defensor de tu Vivienda te ayudamos a recuperar las cantidades que entregaste por la compra de una vivienda en construcción y que no te fue entregada, buscando la mejor solución para su caso concreto sin ningún tipo de coste ni compromiso, en el teléfono GRATUITO 910 323 636 o a través del formulario de nuestra web.

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