En El Defensor de tu Vivienda recomendamos la contratación de profesionales especializados en
expropiaciones porque su experiencia puede ser determinante a efectos de conseguir una mayor
indemnización.
Nuestro equipo cuenta con una dilatada experiencia en expedientes expropiatorios que puede
marcar la diferencia a la hora de conseguir el mayor justiprecio posible.
Para la valoración de suelo urbanizable, debe tenerse en cuenta que la modificación legislativa del
año 2008. Esta regula la valoración expropiatoria según la situación básica del suelo, permitiendo
valorarlo solo como rural o urbano, sin que la calificación como urbanizable influya en la compensación.
El depósito previo es la cantidad que la Administración abona al titular de la finca afectada antes de la ocupación. Se trata generalmente de una cuantía irrisoria que se calcula a partir del valor catastral, y no tiene nada que ver con el justiprecio final que se debe abonar por la expropiación.
La Administración puede entrar a ocupar el terreno desde el día siguiente al levantamiento del acta de ocupación. Con el acta de ocupación se transmite la titularidad del terreno del afectado a la Administración.
La versatilidad de nuestro equipo multidisciplinar hace que sea una de las razones esenciales para decantar nuestra contratación, estando conformado por profesionales del derecho con amplia experiencia en derecho civil, administrativo y urbanístico, además de contar con profesionales expertos en valoraciones de fincas en expedientes de expropiación.
El objetivo de nuestro encargo es aumentar el precio ofrecido por la Administración por el bien expropiado. Todas nuestras actuaciones se encaminan a conseguir dicho resultado. Nuestro asesoramiento al cliente durante todo el procedimiento administrativo incluye:
En el caso de estar afectado por una junta de compensación tienes 2 opciones:
Asesoramos en relación con el mutuo acuerdo ofrecido por la Administración o Beneficiaria en los expedientes expropiatorios para que el cliente tome una decisión coherente y razonada sobre si decide o no aceptarla.
En caso de que la valoración realizada por la beneficiaria para alcanzar un mutuo acuerdo con la propiedad sea rechazada por esta, el despacho procederá a confeccionar la hoja de aprecio en la que funde el valor del bien expropiado.
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Las expropiaciones van siempre vinculadas a la palabra «Justiprecio», una acotación de «Precio Justo» por el valor de tu terreno.
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