Promociones Inversiones Plaza Garden S.L

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CASO DE ÉXITO PROMOCIONES INVERSIONES PLAZA GARDEN S.L. – SENTENCIA PRIMERA INSTANCIA MOSTOLES 533/2023

El Juzgado de 1ª Instancia Nº4 de Móstoles da la razón a uno de nuestros clientes que compró una vivienda a la Promotora INVERSIONES PLAZA GARDEN S.L. en el municipio de Finisterre.

La parte actora suscribió el 1 de octubre de 2005 un contrato de compraventa de vivienda sobre plano con la mercantil INVERSIONES PLAZA GARDEN S.L., para la adquisición de una vivienda en el complejo residencial “Los Corrales” sita en el término municipal de Finisterre.

La promotora a pesar de haber terminado la obras, nunca llegó a conseguir la oportuna Licencia de Primera Ocupación. Y es que la licencia de edificación fue anulada por el Juzgado de lo Contencioso número 3 de A Coruña por no adaptarse la edificación al Plan General de Ordenación Municipal de Finisterre.

Ante la anulación de la licencia de obras y la imposibilidad de un uso legal de la vivienda, los actores, interpusieron demanda en 2009 frente a la promotora solicitando la resolución del contrato de compraventa   y la devolución de las cantidades entregadas a cuenta a la promotora. Dicha demanda dio lugar a una Sentencia favorable declarando resueltos los contratos y condenando a la promotora a devolver a los actores  las cantidades  entregadas  a  cuenta.

Tras más de 14 años de la resolución del contrato de compraventa y sin que la promotora les haya devuelto las cantidades aportadas. Es normal que los compradores pierdan la esperanza de conseguir las cantidades que aportaron.

Sin embargo, El Defensor de tu Vivienda ha conseguido recuperar de la entidad bancaria en la que la Promotora ingresó las cantidades anticipadas, en este caso BANCO SANTANDER S.A., las aportaciones realizadas por el cliente, más los intereses legales de las mismas, un total de 32.000 euros.

Esto ha sido posible, porque nuestro equipo legal ha conseguido demostrar que las aportación a cuenta se hicieron al BANCO SANTANDER S.A., y que, la entidad bancaria no procedió con su deber de vigilancia, ya que no exigió a la promotora que abriera una cuenta especial, y tampoco vigilo que tuviera suscrito un aval bancario que protegiera las cantidades anticipadas como estaba previsto en la ley 57/1968.

En El Defensor de tu Vivienda somos expertos en este tipo de reclamaciones. Si entregaste cantidades a cuenta de una vivienda sobre plano y no tienes ni la vivienda ni has recuperado las cantidades, no dudes en contactar con nosotros en el teléfono 910 323 636 o a través del formulario de nuestra web.

 

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